IEPC sanciona a administradores de página de Facebook por violencia política contra las mujeres en razón de género

El Consejo General resuelve el Procedimiento Especial Sancionador por el que determina la responsabilidad administrativa de dos personas en su calidad de administradoras de páginas de Facebook, así como de cinco perfiles de la misma plataforma, por la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género.

A las dos personas administradoras de páginas de Facebook, se les impone una multa de forma individual, a la primera por 11 mil 314 pesos, y a la segunda por 10 mil 857 pesos; así como, a ambas una multa de 50 veces la Unidad de Medida de Actualización, ante la omisión de informar el cumplimiento de la medida cautelar ordenada por esta Autoridad Electoral. Adicionalmente, deberán emitir una disculpa pública en favor de la parte agraviada. Por otra parte, a los cinco perfiles de Facebook se les impone una amonestación pública. 

Asimismo, se ordena la inscripción en el Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, tanto Nacional como Estatal, por los siguientes periodos: 2 años y 8 meses para la primera persona administradora; 2 años para la segunda persona administradora; 4 años para cada uno de los cinco perfiles denunciados. 

Se vincula a la Unidad Técnica de Género y No Discriminación del #IEPC, para que imparta un curso sobre #VPMRG, dirigido a las personas administradoras de los perfiles, con enfoque de comunicación inclusiva y no sexista para medios de comunicación. 

Se vincula al Presidente Municipal para dar difusión en la página de Facebook del Ayuntamiento y en el portal de internet  el extracto de la presente resolución, por un plazo de 30 treinta días hábiles. 

Además en cumplimiento a una sentencia dictada por el #TEECH, el Consejo General del #IEPC, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador por el que determina tener por no acreditadas las conductas denunciadas en contra de tres personas funcionarias públicas del Ayuntamiento de Salto de Agua, Chiapas, por la presunta comisión de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, y en consecuencia se determina la no responsabilidad administrativa.

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